Auto Supremo AS/0982/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0982/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

En el mismo sentido que lo fundamentado anteriormente, se evidencia de manera clara y concreta


En el mismo sentido que lo fundamentado anteriormente, se evidencia de manera clara y concreta que el precedente invocado, nuevamente resuelve un supuesto fáctico de tipo sustantivo, relativo a la aplicación del art. 351 del CP; no ingresando a resolver una problemática procesal referida a la concurrencia de una incongruencia entre la parte considerativa con la resolutiva y/o una mera incongruencia omisiva del fallo, como la que alega la recurrente en casación; que si bien el precedente guarda relación con lo argumentado en apelación contra la Sentencia, no se entiende porqué la recurrente en casación argumenta problemáticas procesales y no sustantivas contra el Auto de Vista; y habiendo incurrido en ésta falencia argumentativa, no es posible establecer la existencia de contradicción del Auto de Vista con el presente precedente invocado, por ser que no responden a supuestos fácticos análogos, por resolverse una cuestión sustantiva frente a una problemática procesal, que en esencia no pueden ser contradictorios; porque lo resuelto en el Auto de Vista no es contrario al precedente invocado, imposibilitando a este Tribunal de casación efectuar la labor de contraste que permita establecer la existencia o no de contradicción en la emisión del Auto de Vista hoy recurrido