Auto Supremo AS/0987/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0987/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

1) Señala la concurrencia de un primer defecto de Sentencia, por inobservancia o errónea aplicación



La recurrente interpone recurso de casación haciendo una remembranza de los antecedentes procesales y los hechos acusados, formulando su recurso en los siguientes términos:

1) Señala la concurrencia de un primer defecto de Sentencia, por inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, establecido en el art. 370 inc. 1) del CPP, siendo que existe una errónea calificación de los hechos y errónea fijación judicial de la pena, que invocando los Autos Supremos 372 de 22 de junio de 2004 y 336 de 13 de junio de 2011, se pueden inferir varias contradicciones en el Auto de Vista; ya que, el Tribunal de alzada no se encuentra facultado para revalorizar la prueba aportada por el Ministerio Público, situación que no se da en el presente caso; por lo que existe una revalorización de la prueba por parte del Tribunal, máxime que en el presente caso no se aplicaron las reglas de la lógica; por cuanto, la Sentencia determina que existe Tentativa de Asesinato, que habiendo un occiso, califica posteriori, una Lesión Seguida de Muerte, contradicción que pasa desapercibida por la Sala Penal Primera y gesta una incongruencia en la lógica jurídica. Asimismo, invoca los Autos Supremos 251/2012 de 17 de septiembre y 431 de 11 de octubre de 2006, estando claramente establecidas las contradicciones en términos claros y precisos con el Auto de Vista