Auto Supremo AS/0987/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0987/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

A los fines de establecer si resulta evidentemente que el Auto de Vista incurrió en


Con relación a este precedente invocado se tiene que el mismo evidentemente versa sobre la aplicación del principio iura novit curia y la congruencia que debe existir entre el hecho acusado y la Sentencia; y, el aspecto contradictorio del Auto de Vista se sustentaría en que el mismo, no hubiera aplicado dicho principio bajo las reglas de congruencia establecidas en el art. 362 del CPP; motivos por los cuales se advierte el hecho similar, por lo que corresponde ingresar a verificar si dicha denuncia es evidente o no.

A los fines de establecer si resulta evidentemente que el Auto de Vista incurrió en la denuncia señalada, es preciso verificar lo pertinente respecto de lo solicitado en su recurso de apelación restringida, es así que en relación a lo denunciado dicho recurso señala: “…Al respecto el Tribual de Sentencia de Aiquile, estableció la concurrencia de los presupuestos de aplicabilidad del principio iura novit curia en total apego al principio de verdad material, por cuanto la judicialización de los elementos de prueba aportados por las partes durante la sustanciación del juicio sujeto a sus condiciones de oralidad, publicidad, inmediación y contradicción y examinados a efecto de su valoración se estableció y probó el hecho acusado que es la muerte de una persona causada por mi persona ARMINDA LOPEZ MAIDA; empero, esos hechos como se refirió líneas arriba el Tribunal de Sentencia de Aiquile señala se subsumen en los tipos penales de LESION SEGUIDA DE MUERTE, aplicando el principio iura novit curia es que se ha variado la tipificación de congruencia establecido en el art. 363 del Código de Procedimiento Penal