Auto Supremo AS/0987/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0987/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

2) También, refiere la concurrencia de defecto de Sentencia del art


2) También, refiere la concurrencia de defecto de Sentencia del art. 370 inc. 11) del CPP, e invocando el Auto Supremo 221 de 28 de marzo de 2007, donde el Tribunal Sentencia y Tribunal de Alzada, no toman en cuenta de manera taxativa el art. 362 del CPP, que conforme al principio de congruencia que debe existir entre el hecho y la Sentencia, se debe tomar en cuenta el principio iuria novit curia, respecto a la calificación jurídica, lo que hace presumir que no existe el principio de certeza. Asimismo, en cuanto a la fijación de la pena, solo se fundamenta en trece líneas, por lo que considerando el precedente invocado ninguna persona puede ser condenada por un hecho distinto al atribuido en la acusación, causando indefensión con la condena impuesta