Auto Supremo AS/0992/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0992/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

En cuanto a la pena, se toma en cuenta la prueba MP


En cuanto a la pena, se toma en cuenta la prueba MP.10, por la que se tienen varios hechos delictivos en los que ha estado involucrado y detenido el acusado, motivo por el cual se encentraba cumpliendo el beneficio de extramuro, evidenciándose que ya el Estado le habría dado una oportunidad al acusado por otro hecho; sin embargo, ha reincidido, y en consecuencia, no puede acceder a una pena mínima. Por otro lado, se toma en cuenta la forma y el lugar del hecho, que al ser una zona céntrica, denota que el acaso no midió los riesgos, expresa peligrosidad; debiéndose considerar que no es el valor del objeto sustraído; sino la forma, la manera y el accionar posterior del acusado y de su propia madre, quién amenazó a la víctima. Se establece además que el acusado es padre de tres hijos. Así, en base a todo ello, el Tribunal razona por una pena intermedia que le permita al acusado resocializarse y reflexionar sobre su conducta, por lo que se impone una pena de 6 años y 3 meses