Auto Supremo AS/1016/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1016/2018-RRC

Fecha: 19-Nov-2018

El recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de


El imputado interpuso recurso de apelación restringida planteando los siguientes motivos: a) Errónea valoración de la prueba conforme el defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP; y, b) Fundamentación insuficiente de la sentencia de acuerdo al art. 370 inc. 5) del CPP, siendo declarado improcedente el recurso por el Tribunal de alzada a través del Auto de Vista recurrido.

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO

En el caso presente, el imputado denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de pronunciamiento y control de legalidad de la valoración de la prueba sin ejercer el control sobre el iter lógico de la sentencia emitida en la presente causa, particularmente respecto a las declaraciones de sus dos hijos, de la declaración de la víctima con relación al certificado médico forense, del informe social y del informe psicológico, por lo que corresponde resolver las problemáticas planteadas.

III.1.En cuanto al precedente invocado en el recuso.

El recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, emitido en una causa seguida por el delito de Robo Agravado, que dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado de casación, al advertirse que el Tribunal de alzada omitió realizar un análisis congruente con los motivos del recurso de apelación restringida formulado por el recurrente, acudiendo a la relación de fórmulas o "muletillas", oportunidad que ameritó a que el Tribunal de casación considere oportuno ampliar la doctrina legal necesaria a efecto de aclarar los requisitos para la formulación de las impugnaciones referidas a la violación de las reglas de la sana crítica, estableciendo la siguiente doctrina legal aplicable: “El sistema de la sana crítica, otorga a las partes la libertad de escoger los medios de prueba para comprobar sus pretensiones, ya sea la hipótesis acusatoria como la tesis de defensa; en tal sentido, las características fundamentales de la sana crítica son: la inexistencia absoluta de dogmas legales sobre la forma en que se deben probar los hechos o sobre el valor que debe otorgarse a cada prueba, de modo que el juez puede admitir cualquier medio de prueba que estime útil y pertinente para comprobar el objeto de conocimiento