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    Auto Supremo AS/1024/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1024/2018-RRC

    Fecha: 16-Nov-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de abril de 2018, cursante de fs
    • Por Sentencia 18/12 de 23 de junio de 2017 (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Marcial Vargas Vargas y Mary Ely Ferrufino Salazar
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio,
    • La recurrente transcribe el cuarto considerando del Auto de Vista, para señalar que esos argumentos
    • Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 65/2012-RA de
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Por Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio, este Tribunal Supremo de Justicia declaró admisible
    • Por Sentencia 18/12 de 23 de junio de 2017, el Tribunal Octavo de Sentencia del
    • No se configura la adecuación de la conducta antijurídica del agente al tipo penal, en
    • En el caso de la ejecución del delito, no se tiene claramente el autor material
    • II.2. De la apelación restringida
    • Los querellantes interpusieron recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la Sentencia los siguientes
    • Como segundo defecto, arguye que la Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba,
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó el Auto
    • En lo que se refiere a la valoración probatoria, el Tribunal de origen no hizo
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
    • III.1.La labor del Tribunal de alzada respecto a la correcta valoración de la prueba
    • La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
    • Sobre los anteriores argumentos, este Tribunal se ha pronunciado mediante el Auto Supremo 200/2012-RRC de
    • Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
    • III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Orlando A
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
    • e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Denuncia la recurrente dos aspectos: el primero de ellos, que el Tribunal de alzada incurrió
    • III.3.1. De la denuncia de revalorización probatoria incurrida por el Tribunal de alzada
    • “(…) el Tribunal a quo incurre también en contradicción cuando afirma inicialmente que el dinero
    • De la misma forma, en cuanto a lo manifestado por el Tribunal de alzada, al
    • Por consiguiente, en lo que respecta a la valoración probatoria ejercida por el de origen,
    • III
    • Por otro lado, la recurrente arguye que el Tribunal de alzada anuló la Sentencia absolutoria
    • Así se tiene de la revisión de antecedentes, que el Tribunal de apelación ante la
    • Ahora bien, a los efectos de advertir si lo señalado por el Tribunal de alzada
    • Como segundo hecho probado, el Tribunal de Sentencia indica que “luego de cometido el hecho
    • Más adelante y bajo el acápite de “Personalidad de los imputados”, básicamente lo realizado por
    • Ahora bien, el Tribunal de alzada, es concreto al señalar que la Sentencia absolutoria en
    • Por ende, este Tribunal verifica que el Tribunal de alzada cumplió con las exigencias de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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