Por Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio, este Tribunal Supremo de Justicia declaró admisible
Por Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio, este Tribunal Supremo de Justicia declaró admisible el recurso interpuesto por Saturnino Álvarez Andrade, para el análisis de fondo del único motivo vía flexibilización
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 18/12 de 23 de junio de 2017 (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Marcial Vargas Vargas y Mary Ely Ferrufino Salazar
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio,
- La recurrente transcribe el cuarto considerando del Auto de Vista, para señalar que esos argumentos
- Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 65/2012-RA de
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio, este Tribunal Supremo de Justicia declaró admisible
- Por Sentencia 18/12 de 23 de junio de 2017, el Tribunal Octavo de Sentencia del
- No se configura la adecuación de la conducta antijurídica del agente al tipo penal, en
- En el caso de la ejecución del delito, no se tiene claramente el autor material
- II.2. De la apelación restringida
- Los querellantes interpusieron recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la Sentencia los siguientes
- Como segundo defecto, arguye que la Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba,
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó el Auto
- En lo que se refiere a la valoración probatoria, el Tribunal de origen no hizo
- Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
- III.1.La labor del Tribunal de alzada respecto a la correcta valoración de la prueba
- La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
- Sobre los anteriores argumentos, este Tribunal se ha pronunciado mediante el Auto Supremo 200/2012-RRC de
- Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
- III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Orlando A
- Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- III.3. Análisis del caso concreto
- Denuncia la recurrente dos aspectos: el primero de ellos, que el Tribunal de alzada incurrió
- III.3.1. De la denuncia de revalorización probatoria incurrida por el Tribunal de alzada
- “(…) el Tribunal a quo incurre también en contradicción cuando afirma inicialmente que el dinero
- De la misma forma, en cuanto a lo manifestado por el Tribunal de alzada, al
- Por consiguiente, en lo que respecta a la valoración probatoria ejercida por el de origen,
- III
- Por otro lado, la recurrente arguye que el Tribunal de alzada anuló la Sentencia absolutoria
- Así se tiene de la revisión de antecedentes, que el Tribunal de apelación ante la
- Ahora bien, a los efectos de advertir si lo señalado por el Tribunal de alzada
- Como segundo hecho probado, el Tribunal de Sentencia indica que “luego de cometido el hecho
- Más adelante y bajo el acápite de “Personalidad de los imputados”, básicamente lo realizado por
- Ahora bien, el Tribunal de alzada, es concreto al señalar que la Sentencia absolutoria en
- Por ende, este Tribunal verifica que el Tribunal de alzada cumplió con las exigencias de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
