Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1024/2018-RRC
Fecha: 16-Nov-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 2 de abril de 2018, cursante de fs
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Por Sentencia 18/12 de 23 de junio de 2017 (fs
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Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Marcial Vargas Vargas y Mary Ely Ferrufino Salazar
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio,
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La recurrente transcribe el cuarto considerando del Auto de Vista, para señalar que esos argumentos
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Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 65/2012-RA de
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Por Auto Supremo 586/2018-RA de 27 de julio, este Tribunal Supremo de Justicia declaró admisible
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Por Sentencia 18/12 de 23 de junio de 2017, el Tribunal Octavo de Sentencia del
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No se configura la adecuación de la conducta antijurídica del agente al tipo penal, en
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En el caso de la ejecución del delito, no se tiene claramente el autor material
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II.2. De la apelación restringida
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Los querellantes interpusieron recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la Sentencia los siguientes
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Como segundo defecto, arguye que la Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba,
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó el Auto
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En lo que se refiere a la valoración probatoria, el Tribunal de origen no hizo
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Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
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III.1.La labor del Tribunal de alzada respecto a la correcta valoración de la prueba
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La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
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Sobre los anteriores argumentos, este Tribunal se ha pronunciado mediante el Auto Supremo 200/2012-RRC de
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Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
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III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
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c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
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La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
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d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
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e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
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III.3. Análisis del caso concreto
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Denuncia la recurrente dos aspectos: el primero de ellos, que el Tribunal de alzada incurrió
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III.3.1. De la denuncia de revalorización probatoria incurrida por el Tribunal de alzada
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“(…) el Tribunal a quo incurre también en contradicción cuando afirma inicialmente que el dinero
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De la misma forma, en cuanto a lo manifestado por el Tribunal de alzada, al
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Por consiguiente, en lo que respecta a la valoración probatoria ejercida por el de origen,
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III
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Por otro lado, la recurrente arguye que el Tribunal de alzada anuló la Sentencia absolutoria
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Así se tiene de la revisión de antecedentes, que el Tribunal de apelación ante la
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Ahora bien, a los efectos de advertir si lo señalado por el Tribunal de alzada
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Como segundo hecho probado, el Tribunal de Sentencia indica que “luego de cometido el hecho
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Más adelante y bajo el acápite de “Personalidad de los imputados”, básicamente lo realizado por
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Ahora bien, el Tribunal de alzada, es concreto al señalar que la Sentencia absolutoria en
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Por ende, este Tribunal verifica que el Tribunal de alzada cumplió con las exigencias de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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