Auto Supremo AS/1073/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1073/2018

Fecha: 01-Nov-2018

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2. Refirió que por su parte habría demostrado documentalmente la existencia de fraude procesal en el proceso de usucapión decenal.
3. Acusó violación, infracción del art. 138 del Código Civil porque se declaró improbada su demanda de usucapión decenal o extraordinaria, sin embargo, refiere tener acreditados los requisitos de posesión en seis habitaciones desde el 2 de enero de 2000, es decir durante 18 años ininterrumpidos.
4. Denunció vulneración de los arts. 145 y 147 del Código Procesal Civil, por falta de valoración de las pruebas documentales, puesto que el Auto de Vista refirió en el punto 4.1., que la Juez de la causa no realizó valoración alguna de los elementos probatorios