Auto Supremo AS/1073/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1073/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Con relación a este reclamo y aseveración del recurrente se tiene que la A Quo

6. En su confesión provocada, el recurrente expresó que los demandados nunca vivieron en el inmueble y que solamente llegaron a la muerte de su madre del demandante, solicitando de esa manera hospedaje, posteriormente a ello con engaños interpusieron demanda de usucapión y con ello en este nuevo proceso demandaron por acción negatoria, reivindicación, desocupación y entrega del inmueble, que no son causas conexas y que aunque el demandante tiene el título oponible a terceros, el demandado refiere tener todo respecto al cumplimiento de la usucapión y que todo lo antecedido le permite demandarla, aseverando tener todas las pruebas.
Con relación a este reclamo y aseveración del recurrente se tiene que la A Quo estableció que uno de los requisitos fundamentales para que opere la usucapión es la pacificidad, es decir que la detentación del inmueble pretendido debe ser pacífica, aspecto que no se dio en la pretendida demanda reconvencional, por lo que en este caso estableció la no conexitud de la reconvención, ratificando dicha valoración en segunda instancia, de forma que este su reclamo no tiene fundamento