Auto Supremo AS/1087/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1087/2018

Fecha: 01-Nov-2018

De la mencionada norma se tiene que la misma refiere al art

De la mencionada norma se tiene que la misma refiere al art. 3 de la Ley de inscripción de Derechos Reales que data del 15 de noviembre de 1887 que establece que: “Cumplida la prescripción del artículo primero ninguna inscripción se hará sino en el caso de constar del registro, que la persona de quien procede el derecho que se trata de inscribir, es del actual propietario de los bienes sobre los que ha de recaer la inscripción. Sin embargo, en el caso de haberse transferido la propiedad por causa de muerte, podrá hacerse de un derecho procedente del difunto en los términos estatuidos por el artículo 551 del Código Civil, para aceptar la herencia”