Auto Supremo AS/1102/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1102/2018

Fecha: 01-Nov-2018

De la misma manera, respecto al argumento de que el cómputo del tiempo de posesión

De la misma manera, respecto al argumento de que el cómputo del tiempo de posesión a efectos de usucapión debió calcularse hasta la fecha de la interposición de la demanda y no a la fecha de emisión del Auto de Vista objeto de casación, se tiene que tanto en la Sentencia N° 151/2017 de 11 de octubre, como en el Auto de Vista N° SCCI-40/2018 de 25 de enero, el cómputo fue realizado correctamente, indicándose que el tiempo de diez años de posesión se cumplió superabundantemente hasta el momento de interposición de la demanda, no siendo evidente lo alegado por el ahora recurrente