CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
En la forma:
1) El Tribunal de Alzada incurrió en incongruencia omisiva respecto a los puntos objeto de apelación, en vulneración del debido proceso
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
En la forma:
1) El Tribunal de Alzada incurrió en incongruencia omisiva respecto a los puntos objeto de apelación, en vulneración del debido proceso
- Distrito: Santa Cruz
- Contra la referida determinación, Aida Palacios Roca interpuso recurso de apelación por memorial de fs
- Auto de Vista, contra el que Aida Palacios Roca planteó recurso de casación mediante memorial
- 1) El Tribunal de Alzada incurrió en incongruencia omisiva respecto a los puntos objeto de
- La recurrente arguye que el Ad quem, al confirmar la sentencia incurrió en infracción del
- 2) El Tribunal Ad quem, vulnero el principio de verdad material al confirmar la sentencia
- Alega también que su demanda reconvencional de acción negatoria de derechos, nulidad de contrato de
- La recurrente manifiesta que el Tribunal de Alzada al confirmar la sentencia bajo el argumento
- 4) El Auto de Vista ha vulnerado los principios de verdad material, congruencia y razonabilidad
- En el fondo
- 2) Hubo vulneración de los arts
- La recurrente afirma que de forma errónea, injusta e ilegal en sentencia se declaró improbada
- De la revisión de obrados se establece que corrido en traslado el recurso de casación,
- En cuanto a los motivos de fondo, señala que carecen de sustento porque habría demostrado
- CONSIDERANDO III
- Al respecto, corresponde precisar lo que el art
- En ese entendido y toda vez que lo que se pretende recuperar con esta acción
- De igual forma, en relaciona los requisitos que hacen viable la acción reivindicatoria corresponde citar
- III.2. De la prueba y su valoración
- José Deker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil Comentado y Concordado, Pág
- Los hechos y los actos jurídicos dice Couture son objetos de afirmación o negación en
- Sin embargo a nosotros nos interesa ubicar a la prueba en el sentido procesal; en
- Asimismo debemos tener en cuenta ciertos principios referidas a las pruebas, entre las cuales tenemos
- El Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha señalado que: “…es facultad privativa
- III.3. Del Principio de congruencia y el art. 265.I del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- CONSIDERANDO IV
- En cuanto al reclamo de que el Tribunal Ad quem confirmó la sentencia infringiendo el
- El Tribunal Ad quem, ha explicitado que la recurrente no ha demostrado su demanda reconvencional
- Con relación a la denuncia que el Tribunal Ad quem no consideró que la sentencia
- Conforme se tiene señalado que el Tribunal de apelación advirtió de forma inicial que la
- Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
