Auto Supremo AS/1109/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1109/2018

Fecha: 01-Nov-2018

En el fondo

La recurrente señala que el Tribunal Ad quem afirmó erróneamente que la sentencia contiene una adecuada fundamentación y motivación, por cuanto no satisfizo los extremos vertidos en su contestación a la demanda así como de la excepción perentoria, tampoco contiene un análisis sobre la valoración de los medios probatorios de descargo de la demanda, sobre su derecho propietario al haberse acreditado la unión libre o de hecho por sentencia de 5 de noviembre de 2015 y el Auto de Vista de 5 de febrero de 2016, entre su persona y Carlos de la Maza Gareca desde 1984 hasta el 21 de julio de 2014, habiendo adquirido el inmueble en vigencia de esa unión, razones por las que advierte que el Tribunal Ad quem a través del Auto de Vista inobservó los principios de verdad material, congruencia y razonabilidad, resultando incongruente con los datos del proceso.
En el fondo:
1) El Tribunal de Alzada ilegalmente confirmó la sentencia respecto a la excepción que planteó