Auto Supremo AS/0769/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0769/2018

Fecha: 20-Dic-2018

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3.- Reiteran que no hubo un pronunciamiento, respecto al bono de antigüedad previsto en el art. 2 DS Nº 20862 de 10 de junio de 1985 y que posteriormente fue sustituido por el art. 60 del DS Nº 21060, que constituía una rebaja de sueldos y vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores, al pretender soslayar derechos adquiridos por los trabajadores, habiéndose promulgado posteriormente los DS Nos. 21137 de 30 de noviembre de 1985, 23113 de 10 de abril de 1992 y 23474 de 20 de abril de 1993, que establecen que se respeten las escalas aplicadas con anterioridad al DS Nº 21060; es decir, afirman que correspondía aplicar las previsiones del art. 123 de la CPE y la normativa similar de la anterior CPE., que determinan que las leyes solo disponen para lo venidero y no tienen efecto retroactivo, excepto en materia laboral cuándo se determine expresamente a favor de los trabajadores; consideran por ello, que no podía aplicarse retroactivamente, el art. 60 del DS Nº 21060, que instituye un porcentaje menor al bono de antigüedad el previsto en el DS Nº 20862