Auto Supremo AS/0772/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0772/2018

Fecha: 20-Dic-2018

“ARTICULO 4º

“ARTICULO 4º.- Las indemnizaciones por tiempo de servicios, pagados por terminación de contratos suscritos a plazo fijo para ocupaciones permanentes, se reputarán como anticipo de liquidación final, siempre que no hubiere discontinuidad alguna entre uno y otro contrato, considerándose como fecha original la de la primera contratación”