Auto Supremo AS/0772/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0772/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Conforme a lo anterior y con base en la vocación de continuidad de la relación

Conforme a lo anterior y con base en la vocación de continuidad de la relación laboral, en el marco del art. 48-II de la Constitución Política del Estado, el contrato de trabajo debe pactarse a plazo indefinido como regla general. Mas sin embargo y en razón a la naturaleza de los servicios a prestarse, es posible la suscripción de contratos a plazo fijo como excepción a la regla