Auto Supremo AS/0778/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0778/2018

Fecha: 20-Dic-2018

En ese contexto, ciertamente el AS Nº 415 de 20 de julio de 2007, citado

En ese contexto, ciertamente el AS Nº 415 de 20 de julio de 2007, citado por el recurrente, se desestimó la pretensión de la parte actora, por un presunto hostigamiento acreditado de manera testifical, frente a documentos que demostraron la existencia de una renuncia voluntaria; empero en ese caso, se desestimó esa pretensión, porque la prueba presentada, demostró tanto la renuncia voluntaria, suscrita presuntamente de manera forzada por la demandante, como la recepción y pago de los beneficios sociales que le correspondían a la misma, evidenciando que si bien existió ese hostigamiento; empero conforme refiere la norma prevista por el art. 10-I del DS Nº 28699, en ese proceso la demandante luego de cobrar sus beneficios y otros derechos sociales, recién solicitó su reincorporación, implicando que tácitamente renunció a la pretensión de reincorporación alegada en esa demanda, puesto que el trabajador debe determinar si decide solicitar el pago de sus beneficios sociales o la reincorporación a su fuente laboral y cuando se asume una de estas posiciones se excluye definitivamente la otra posibilidad prevista por la indicada norma