Auto Supremo AS/1242/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1242/2018

Fecha: 11-Dic-2018

b) En lo pertinente a la pretensión acumulada corresponde señalar que el Ad quem, indicó

b) En lo pertinente a la pretensión acumulada corresponde señalar que el Ad quem, indicó que al tratarse concretamente de acciones civiles el art. 71 de la Ley Nº 1322 "establece un procedimiento administrativo previo de conciliación y luego arbitraje de mutuo acuerdo entre las partes, previa a la instancia ordinaria, bajo la competencia de la Dirección nacional de Derechos de Autor para resolver controversias civiles a la materia de esta Ley”. El cual es optativo y voluntario, no es obligatorio ni indispensable que las partes acudan previamente a dicho procedimiento administrativo