CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De la descripción del proceso se advierte que la Banda “Unión Pagador”, interpuso una demanda sobre cesación del uso de nombre, nulidad de personería jurídica y resarcimiento de daños y perjuicios en contra de la Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores (fs. 15 a 18 vta.); asimismo en forma conjunta se planteó demanda por Demetrio Cleofe Choque Mamani, quien solicitó la prohibición de uso de nombre y por el representante legal de la Banda “Poderosa Unión Pagador Fundadores”, quien impetro la prohibición de uso de signo distintivo, ambas acciones dirigidas en contra de la Banda “Unión Pagador”
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
De la descripción del proceso se advierte que la Banda “Unión Pagador”, interpuso una demanda sobre cesación del uso de nombre, nulidad de personería jurídica y resarcimiento de daños y perjuicios en contra de la Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores (fs. 15 a 18 vta.); asimismo en forma conjunta se planteó demanda por Demetrio Cleofe Choque Mamani, quien solicitó la prohibición de uso de nombre y por el representante legal de la Banda “Poderosa Unión Pagador Fundadores”, quien impetro la prohibición de uso de signo distintivo, ambas acciones dirigidas en contra de la Banda “Unión Pagador”
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I
- 2
- Señaló que el art
- El art
- Dedujo que en el caso de Autos, al tratarse de controversias civiles no es obligatorio
- CONSIDERANDO II
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
- II.1. De la respuesta al recurso de casación
- Alegó que la transcripción del recurrente concluye que la protección de los derechos intelectuales se
- CONSIDERANDO III
- II
- III
- Por su parte el art
- En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
- CONSIDERANDO IV
- a) Respecto al reclamo de que la pretensión del ente recurrente debe ser dilucidado ante
- b) En lo pertinente a la pretensión acumulada corresponde señalar que el Ad quem, indicó
- En el recurso de casación la parte recurrente solo señala que la acción acumulada debe
- De la respuesta al recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
