Auto Supremo AS/1273/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1273/2018

Fecha: 18-Dic-2018

Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art

Al respecto corresponde señalar que el recurso fue admitido, asumiendo un criterio de flexibilidad en cuanto a los requisitos que describe el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, y bajo la orientación de la Sentencia Constitucional Nº 2210/2012 de 8 de noviembre. En cuanto a los otros puntos de la repuesta al recurso de casación, estas fueron contestadas en el Considerando IV fundamentos de la resolución, por tal razón al realizar el análisis de las resoluciones de las autoridades judiciales a efecto de evidenciar si se valoró correctamente los medios probatorios, no se advirtió omisión o vulneración acusadas por la parte recurrente.
Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.II del Código Procesal Civil