Auto Supremo AS/1282/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1282/2018

Fecha: 18-Dic-2018

El Tribunal de Alzada sostuvo con relación a la competencia del Juez que dictó Sentencia,

El Tribunal de Alzada sostuvo con relación a la competencia del Juez que dictó Sentencia, citando los arts. 12, 29.I y II y 68 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, que en los casos de excusa, recusación o cualquier otro impedimento de los operadores de justicia, el proceso pasará a conocimiento del siguiente en número de la misma materia, sin que sea necesario una resolución previa, como pareció entender el apelante, toda vez que la condición para que opere la suplencia es que el titular del juzgado donde se esté tramitando el proceso tenga algún impedimento o se haya excusado de conocer la causa o se haya allanado a la recusación planteada en su contra