De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra petita”, que se produce al otorgar más de lo pedido; extra petita, al extender el pronunciamiento a cuestiones no sometidas a la decisión del Tribunal; y cuando omite decidir cuestiones que son materia de expresión de agravios por el apelante (citra petita); en este entendido, este Tribunal Supremo de Justicia ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que, citando al Auto Supremo Nº 11/2012 de fecha 16 de febrero de 2012, señala: “Que, Todo Auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación conforme lo determina el art. 236 del Código de procedimiento Civil, toda vez que la infracción de este principio determina la emisión de fallos incongruentes como: a) Auto de Vista Ultra Petita, cuando el Tribunal de Alzadase pronuncia más allá del petitorio o los hechos; b) Auto de Vista extra petita, cuando el tribunal a quem se pronuncia sobre un petitorio o hechos no alegados; c) Auto de Vista citra petita, en el caso en que el Tribunal de Alzadaomite totalmente el pronunciamiento sobre las pretensiones formuladas; d) Auto de Vista infra petita, cuando el tribunal a quem no se pronuncia sobre todos los petitorios o todos los hechos relevantes del litigio; omisiones y defectos del Auto de Vista que infringen el debido proceso.”
- Partes: Silvia Delia Berrios Orellana, Raquel Eladia Berrios Orellana, Miguel Berrios Orellana, José Rodolfo Berrios
- Proceso: Colación, nulidad de transferencia y posterior división y partición
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- El Juez Público Civil y Comercial Nº 6 de Cochabamba, emitió la sentencia de fecha
- Resolución de primera instancia fue recurrida en apelación por José Rodolfo Berrios Orellana, Rafael Guido
- Resolución que una vez puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que Rafael
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente Rafael Guido Berrios Orellana, Silvia Delia Berrios
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- Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista y revoque en parte la
- De la respuesta al recurso de casación
- De la revisión de obrados se puede establecer que corrido en traslado el recurso de
- CONSIDERANDO III
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- III. 2. Del principio Iura Novit Curia
- Sobre el tema este Tribunal Supremo de Justicia emitió varios Autos Supremo dentro los cuales
- El empleo del referido principio supone que el Juez es quien debe conocer el derecho
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el particular diremos que de la compulsa de antecedentes y conforme la doctrina aplicable
- En ese entendido se puede evidenciar que el Tribunal de Alzada dio cumplimiento al art
- Con relación a este reclamo se advierte que el mismo resulta ser muy genérico toda
- Disposición legal que establece que los reclamos que se encuentran dentro del recurso de casación
- Asimismo, no corresponde la consideración del reclamo presentado por los recurrentes en el recurso de
- Respecto a dicho agravio, debemos considerar que el recurso de apelación suspende los efectos de
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
- Con costas y costos
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.
