Auto Supremo AS/1289/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1289/2018

Fecha: 20-Dic-2018

II

1. Que los Vocales al revocar la Sentencia No 173/2017, se arrogaron competencia, por una parte, al haber establecido que no se incorporó a todos los titulares que figuran en los casilleros A y B de la matrícula computarizada 8011010005611, por otra parte, al haber revisado el proceso ejecutivo sustanciado por el Juez de Partido Tercero en lo Civil de Santa Cruz, proceso en el que fruto del remate del bien inmueble objeto de litis y a falta de postores se adjudicó el ejecutante y este finalmente les transfirió a título gratuito, diez años después a raíz de un incidente de prescripción el juez antes referido acogió la misma mediante resolución de 7 de octubre de 2011, considerando infringidos los arts. 1557 del Código Civil, 8 núm. 4 del Código de Procedimiento Civil, 122 y 115.II de la Constitución Política del Estado, al tramitar un incidente viciado de nulidad absoluta y de pleno derecho, convalidado por los vocales.
II.2. Del agravio de Miriam Durán Aue vda. de Vieira y la adhesión de Miguel Antonio Vieira Durán y Luz Denia Arriaga de Vieira