Analizando detalladamente los fundamentos del recurso de casación objeto de la presente resolución, en
Analizando detalladamente los fundamentos del recurso de casación objeto de la presente resolución, en mérito a la doctrina aplicable al caso descrita precedentemente, se establece lo siguiente:
No es evidente que el Auto de vista no hubiese considerado los fundamentos legales que demuestran que la conversión vehicular es una prestación de servicios y no venta de kits y cilindros, pues se ha establecido de manera legal que los Talleres autorizados para efectuar esa conversión de vehículos a GNV, son empresas particulares, que luego del cumplimiento de los requisitos previstos por la indicada normativa, fueron autorizados para efectuar ese servicio, que constituye, además de la venta del servicio de la instalación de los implementos aludidos, también en la transferencia de los mismos, pues estos son provistos por el Estado o algún fabricante o importador, a quien se le debe cancelar por el precio, que lógicamente se constituye en un acto comercial que debe ser facturado por quien presta el servicio instalando los implementos y haciendo entrega de los mismos al comprador final que es el usuario
No es evidente que el Auto de vista no hubiese considerado los fundamentos legales que demuestran que la conversión vehicular es una prestación de servicios y no venta de kits y cilindros, pues se ha establecido de manera legal que los Talleres autorizados para efectuar esa conversión de vehículos a GNV, son empresas particulares, que luego del cumplimiento de los requisitos previstos por la indicada normativa, fueron autorizados para efectuar ese servicio, que constituye, además de la venta del servicio de la instalación de los implementos aludidos, también en la transferencia de los mismos, pues estos son provistos por el Estado o algún fabricante o importador, a quien se le debe cancelar por el precio, que lógicamente se constituye en un acto comercial que debe ser facturado por quien presta el servicio instalando los implementos y haciendo entrega de los mismos al comprador final que es el usuario
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Auto de Vista
- Contra la referida sentencia, la indicada Empresa VAGG SRL, por intermedio de su representante
- II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Refiere que el Auto de Vista incurrió en violación del art
- Tampoco se razonó sobre la obligación que tienen los talleres de conversión a facturar dichos
- Petitorio
- Concluyó fundamentando que interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista
- Fundamentos de la contestación al recurso
- Eduardo Mauricio Garces, Gerente Distrital y Representante Legal del SIN de Santa Cruz, se apersonó
- Respecto de la carga de la prueba, aludiendo el art
- Por último sobre la determinación de la obligación tributaria, sobre base presunta efectuada en el
- Por último solicitó que se debe declarar improcedente el recurso, porque no se habría cumplido
- Conforme se tiene relacionado líneas arriba, mediante Auto Supremo Nº 420-A de 5 de diciembre
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 153 a 162 para
- Habiéndose establecido en dicho DS y sus once reglamentos (anexos) el marco normativo y los
- Estableciendo que los propietarios interesados en convertir el motor de su vehículo al uso del
- Implicando con ello que la conversión de los vehículos a GNV, no constituye una instalación
- Entre la indicada normativa se encuentra el Reglamento de Construcción y Operación de Estaciones de
- Además es evidente que se incluyó también a estas disposiciones legales once anexos que corroboran
- Fundamentos jurídicos del caso concreto
- Analizando detalladamente los fundamentos del recurso de casación objeto de la presente resolución, en
- Evidentemente los precios se establecen en mérito a las políticas del Estado, emitidas para el
- En ese contexto, se establece que no es evidente que el Tribunal de Alzada hubiese
- Tampoco es evidente que se hubiese incurrido en una homologación equivocada de la interpretación de
- Por último, verificando los antecedentes administrativos, remitidos en dos anexos a este Tribunal, se verifica
- En virtud de todo lo manifestado, teniendo presente el principio de verdad material y legalidad,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
