Auto Supremo AS/0044/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2018

Fecha: 27-Feb-2018

En ese contexto, se establece que no es evidente que el Tribunal de Alzada hubiese

En ese contexto, se establece que no es evidente que el Tribunal de Alzada hubiese incurrido en un razonamiento erróneo, para determinar que los Talleres de conversión, no deberían facturar por los Kits y cilindros instalados en las movilidades, pues estos implementos se transfieren al destinatario final, quien debe cancelar tanto por los servicios como por los implementos instalados, conforme establece el art. 4 incisos a) y b) de la Ley Nº 843, creándose en ese momento, los impuestos que fueron omitidos en su pago por el aludido contribuyente