Auto Supremo AS/0051/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2018

Fecha: 14-Feb-2018

En ese mismo entendido, en lo que respecta al plazo para la interposición de este

En ese mismo entendido, en lo que respecta al plazo para la interposición de este recurso, el par. I del art. 286 de la norma civil adjetiva de manera específica establece que: “…sólo podrá interponerse dentro del plazo fatal de un año computable desde la fecha en que la sentencia quedo ejecutoriada” (sic.), por lo que si esta se presenta vencido este plazo será rechazado de inmediato, empero, si hasta el término del año no se hubiere fallado aún el juicio dirigido a comprobar algunas de las circunstancias señaladas en el artículo precedente, bastará que dentro de ese plazo se hiciere protesta formal de usar este recurso, el cual deberá ser formalizado en el plazo fatal de treinta días a contar de la ejecutoria de la sentencia pronunciada en dicho juicio