Finalmente, a mayor abundamiento de poder sustentar y dejar en claro a la recurrente el
Finalmente, a mayor abundamiento de poder sustentar y dejar en claro a la recurrente el fundamento de la presente resolución sobre su recurso de casación, hacer mención que si bien se alude que la recurrente se encontraba recluida al momento que ocurrió el hurto. Empero, estos hechos que la recurrente manifiesta como aquellos que afectarían la lógica como elemento de la sana crítica por parte del Tribunal de Sentencia, no han sido incorporados a Juicio Oral como circunstancias probadas debidamente demostradas en el contradictorio, tal como se observa de la Sentencia Nº 49/2016 de 17 de octubre, donde se establece que de las pruebas de descargo, no se ofrecieron ni produjeron ninguna por parte de la defensa; por lo que la recurrente, al plantear el recurso de apelación restringida, mal podría alegar la errónea aplicación de la sana crítica prevista por el art. 173 del CPP, considerando que las afirmaciones que ha señalado como agravios, no han sido introducidas y producidas en juicio oral, por lo que el Tribunal de Sentencia, mal podría valorar circunstancias o elementos no producidos en Juicio, así como también el Tribunal de Apelación, no podría ingresar a realizar el control de logicidad sobre hechos no juzgados e inexistentes en Sentencia
- Por memorial presentado el 27 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 49/2016 de 17 de octubre (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 527/2017-RA de 12 de julio,
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita que se declare con lugar el recurso y por lo tanto se
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- ii)Se pudo demostrar la participación y autoría de la imputada, logrando la víctima con absoluta
- II.2. De la apelación restringida de la imputada
- Notificada la parte imputada, interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con los
- 2)Incurre la Sentencia en un grave error de derecho en la valoración de la declaración
- 3)Como precedente contradictorio cita el Auto Supremo Nº 88 de 18 de marzo de 2008
- a)Se denuncia como agravio defecto de la Sentencia incurso en el art
- b)Se denuncia que la Sentencia no cumple con la exigencia de la debida motivación, que
- En el presente recurso de casación, en atención al Auto Supremo Nº 527/2017-RA de 12
- III.1. Sobre La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III
- Resulta necesario tener presente que si bien es evidente que los Jueces y Tribunales de
- Ahora bien, el control respecto a la correcta aplicación de las reglas de la sana
- Debe añadirse, que en el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está
- Esta fundamentación o motivación sobre la base de la sana crítica, consiste en la operación
- III.5. Análisis del caso concreto
- La parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no hubiera realizado el control de
- Entonces, atañe considerar si es evidente que el Auto de Vista impugnado ha ingresado en
- Por consiguiente, del recurso de casación interpuesto se alega que el Auto de Vista impugnado
- Finalmente, a mayor abundamiento de poder sustentar y dejar en claro a la recurrente el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
