Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0078/2018-RRC
Fecha: 23-Feb-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 27 de abril de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia 49/2016 de 17 de octubre (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 527/2017-RA de 12 de julio,
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente solicita que se declare con lugar el recurso y por lo tanto se
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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ii)Se pudo demostrar la participación y autoría de la imputada, logrando la víctima con absoluta
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II.2. De la apelación restringida de la imputada
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Notificada la parte imputada, interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con los
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2)Incurre la Sentencia en un grave error de derecho en la valoración de la declaración
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3)Como precedente contradictorio cita el Auto Supremo Nº 88 de 18 de marzo de 2008
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a)Se denuncia como agravio defecto de la Sentencia incurso en el art
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b)Se denuncia que la Sentencia no cumple con la exigencia de la debida motivación, que
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En el presente recurso de casación, en atención al Auto Supremo Nº 527/2017-RA de 12
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III.1. Sobre La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III
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Resulta necesario tener presente que si bien es evidente que los Jueces y Tribunales de
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Ahora bien, el control respecto a la correcta aplicación de las reglas de la sana
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Debe añadirse, que en el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está
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Esta fundamentación o motivación sobre la base de la sana crítica, consiste en la operación
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III.5. Análisis del caso concreto
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La parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no hubiera realizado el control de
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Entonces, atañe considerar si es evidente que el Auto de Vista impugnado ha ingresado en
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Por consiguiente, del recurso de casación interpuesto se alega que el Auto de Vista impugnado
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Finalmente, a mayor abundamiento de poder sustentar y dejar en claro a la recurrente el
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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