Alega que los arts
Alega que los arts. 13 y 70 del CP, así como la doctrina legal establecida por éste Tribunal, estableció tres presupuestos para la imposición de una pena; sin embargo los vocales de manera unilateral, habrían afirmado que el tipo previsto por el art. 345 con relación al 346 bis, ambos del CP, está demostrado con el informe contable de cargo, argumento lesivo a su derecho y que atenta a su patrimonio económico, al condenarle a sufrir una pena y resarcir un daño económico de manera injusta y arbitraria, violando el principio de legalidad, pues no se habría fundamentado de manera lógica ni jurídica sobre la configuración de los elementos del delito, labor que debió realizar el de alzada, en revisión de sentencia, en resguardo de los derechos y garantías fundamentales del acusado, pues no existiría los presupuestos de subsunción de la acción humana al tipo penal de Apropiación Indebida
- Por memoriales presentados el 9 y 11 de octubre del 2017, Juan Carlos Carpio Ugarte,
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencias de 2 y 4 de octubre de 2017 (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se advierte lo siguiente
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, infringe el principio de legalidad, vulnera
- Los argumentos de alzada, a decir del recurrente, no observa y viola lo dispuesto por
- Por otro lado, refiere que el Tribunal de apelación, expresó: “y que al tratarse de
- Alega que los arts
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos “67/2013-RRC de 11 de marzo, 466/2014 de 17
- II.2.Del recurso de casación de Ernesto Arispe Miranda y otros
- 2)Bajo el título de “FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DE SENTENCIA Y AUTO DE VISTA”, expone el
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- IV.1. Del recurso de casación de Juan Carlos Carpio Ugarte
- En el único agravio planteado, el recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado, incurrió
- IV.2 Del recurso de casación de Ernesto Arispe Miranda y otros
- En el primer motivo de casación, la parte recurrente señala que el Tribunal de alzada,
- En el segundo motivo, los recurrentes citando el argumento del Tribunal de apelación a tiempo
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
