Doctrina aplicable al caso concreto
III.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma de fs. 1527 a 1529, para su resolución corresponde realizar las siguientes consideraciones:
Doctrina aplicable al caso concreto:
Al momento de interpretar las previsiones del art. 205 del CPT, se emitió abundante jurisprudencia constitucional, que en su momento fue contradictoria, al considerar que los plazos procesales son continuos e ininterrumpidos, así, en la SC 0541/2010-R, se estableció que el plazo previsto en el art. 205 del CPT,”…se computa desde el día hábil siguiente a la notificación con la sentencia…”; sin advertir que esta norma no contiene una previsión expresa de la manera en la que debe efectuarse el cómputo de ese plazo
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma de fs. 1527 a 1529, para su resolución corresponde realizar las siguientes consideraciones:
Doctrina aplicable al caso concreto:
Al momento de interpretar las previsiones del art. 205 del CPT, se emitió abundante jurisprudencia constitucional, que en su momento fue contradictoria, al considerar que los plazos procesales son continuos e ininterrumpidos, así, en la SC 0541/2010-R, se estableció que el plazo previsto en el art. 205 del CPT,”…se computa desde el día hábil siguiente a la notificación con la sentencia…”; sin advertir que esta norma no contiene una previsión expresa de la manera en la que debe efectuarse el cómputo de ese plazo
- Demandante: Juan Cusicanqui Gutiérrez y otros (Ex trabajadores Mineros de Corocoro, dependiente de la COMIBOL
- Demandado: Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL)
- Distrito: La Paz
- Ministro Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
- Sentencia
- Auto de Vista
- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA
- En el caso presente, considerando únicamente los días hábiles se establece que el recurso fue
- Petitorio
- Respuesta al recurso de casación
- Por ello solicitaron que se rechace el recurso de casación, ordenando la devolución del expediente
- Doctrina aplicable al caso concreto
- Este Tribunal Supremo de Justicia, cuando se determinó la aplicación anticipada las previsión es del
- Siguiendo esta interpretación normativa, este tribunal, ha interpretado de manera consecutiva, que ciertamente, el plazo
- Posteriormente, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la SCP 1327/2015-S2 de 16 de diciembre, estableció que:
- El Tribunal Constitucional Plurinacional, al momento de emitir la SCP Nº 0626/2017-S3, de 30 de
- Habiendo concluido esta SCP Nº 0626/2017-S3, de 30 de junio, que: “resulta aplicable a la
- Este razonamiento constitucional puso fin a la controversia respecto del cómputo de los cinco días
- Fundamentación del caso concreto
- En el caso presente, se inició el acto (con la notificación con la Sentencia, el
- Por ello es que si bien, en mérito al indicado principio de eficacia de prospección
- Considerando lo fundamentado, se advierte que evidentemente el tribunal de alzada aplicó a tiempo de
- Conclusión
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
