Auto Supremo AS/0146/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

3)Asimismo, mediante memorial de 7 de febrero de 2017, el recurrente subsana el recurso de


3)Asimismo, mediante memorial de 7 de febrero de 2017, el recurrente subsana el recurso de apelación restringida con relación al primer motivo de apelación respecto a la aplicación pretendida, donde refiere que la valoración del defecto residió en la ilegal valoración hecha por el Tribunal en relación a los elementos de prueba; puesto que, el principio de valoración razonable de la prueba es el límite de la libertad del Juez para apreciar la prueba, respetando los principios de la recta razón, sea las normas de la lógica, la psicológica y la experiencia común. Refiere que la valoración de la prueba no es objetiva e individual, el Tribunal solo utiliza a esta prueba como irrefutable y referencial; aspecto que, rompe con las reglas de la sana crítica sin contener una correcta fundamentación de dicha prueba, vulnerando los principios básicos del debido proceso en su vertiente de debida fundamentación y debida motivación. Considera el recurrente que por su situación mental, debiera encontrarse recluido en un centro de rehabilitación mental y no en una cárcel pública, por lo que solicita el Tribunal que verificada la infracción del a quo en cuanto a los vicios de apreciación de la prueba, se declare procedente el motivo de apelación, con la finalidad de que se aplique de manera correcta la norma estipulada en el art. 173 del CPP; es decir, el reenvío a otro Tribunal para nuevo juicio