Auto Supremo AS/0154/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2018

Fecha: 12-Abr-2018

En efecto, en razón a la inteligencia y finalidad de tales normas, se tendría por

En efecto, en razón a la inteligencia y finalidad de tales normas, se tendría por vulnerado el art. 3.j) citado, si los de instancia hubiesen perjudicado el proceso ya sea restringiendo el derecho de las partes en su actividad probatoria o por renuncia de su propia competencia, empero, el remedio jurídico no tendría que buscarse por la vía de la casación en el fondo, sino más bien por la vía de la casación en la forma, a fin de reponerse obrados hasta el momento en que se produjo la lesión