1) Interpretación errónea y aplicación indebida del art
II.2. Recurso de casación en el fondo.
En cumplimiento del art. 274 num. 3) del CPC, expresó que el tribunal de alzada, en la sustanciación del recurso de apelación, incurrió en interpretación errónea y aplicación indebida por los siguientes motivos:
1) Interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1508 del Código Civil y violación del art. 228 del Código Procesal Civil
En cumplimiento del art. 274 num. 3) del CPC, expresó que el tribunal de alzada, en la sustanciación del recurso de apelación, incurrió en interpretación errónea y aplicación indebida por los siguientes motivos:
1) Interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1508 del Código Civil y violación del art. 228 del Código Procesal Civil
- VISTOS: El recurso de casación formulado por la empresa YPFB ANDINA S
- 1) Interpretación errónea y aplicación indebida del art
- Continuó señalando que en definitiva, el supuesto hecho ilícito generador de responsabilidad fue verificado por
- c) Inexistencia de actos que interrumpan la prescripción
- i
- d) Prescripción del derecho del demandante
- II.2.1. Petitorio
- III.1. Sobre los hechos ilícitos
- El art
- Conforme a la norma que regula las relaciones laborales, el art
- En el recurso planteado por la empresa YPFB ANDINA S
- En el fondo, la entidad demandante solicita se case el Auto de Vista impugnado porque
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
