III.1. Sobre los hechos ilícitos
Concluyó solicitando, al amparo de lo previsto en el art. 220.IV del Código Procesal Civil, se case el Auto de Vista recurrido, y se declare probada la excepción de prescripción opuesta por YPFB ANDINA S.A., con multa a la sala de apelación.
Corrido en traslado el memorial del recurso, no fue contestado por el demandante Pánfilo Ramírez Prado.
CONSIDERANDO III.
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
Tomando en cuenta que en el caso de autos, la demanda de resarcimiento ordinario de pago de indemnización por daños y perjuicios tiene como base el despido injustificado ocurrido el 19 de noviembre de 2002, que el actor estima como el hecho ilícito que sustenta su pretensión indemnizatoria, se considera necesaria la siguiente doctrina:
III.1. Sobre los hechos ilícitos
Corrido en traslado el memorial del recurso, no fue contestado por el demandante Pánfilo Ramírez Prado.
CONSIDERANDO III.
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
Tomando en cuenta que en el caso de autos, la demanda de resarcimiento ordinario de pago de indemnización por daños y perjuicios tiene como base el despido injustificado ocurrido el 19 de noviembre de 2002, que el actor estima como el hecho ilícito que sustenta su pretensión indemnizatoria, se considera necesaria la siguiente doctrina:
III.1. Sobre los hechos ilícitos
- VISTOS: El recurso de casación formulado por la empresa YPFB ANDINA S
- 1) Interpretación errónea y aplicación indebida del art
- Continuó señalando que en definitiva, el supuesto hecho ilícito generador de responsabilidad fue verificado por
- c) Inexistencia de actos que interrumpan la prescripción
- i
- d) Prescripción del derecho del demandante
- II.2.1. Petitorio
- III.1. Sobre los hechos ilícitos
- El art
- Conforme a la norma que regula las relaciones laborales, el art
- En el recurso planteado por la empresa YPFB ANDINA S
- En el fondo, la entidad demandante solicita se case el Auto de Vista impugnado porque
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
