Auto Supremo AS/0202/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2018

Fecha: 04-Abr-2018

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3. En lo relativo a la acusación de retardación de justicia, en sentido que el Tribunal de alzada emitió resolución después de dos meses, se habría violado el principio de celeridad, infringiendo los arts. 178. I de la Constitución Política del Estado, arts. 3.7 de la Ley 025 y arts. 1.10 del Código Procesal Civil