Auto Supremo AS/0202/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Respecto a esta denuncia corresponde señalar que conforme a la uniforme línea jurisprudencial desarrollada en

Respecto a esta denuncia corresponde señalar que conforme a la uniforme línea jurisprudencial desarrollada en la doctrina aplicable de la presente resolución, sobre la pérdida de competencia en la emisión de una Resolución, le correspondía a la parte en su momento cuestionar dicho aspecto al vencimiento del plazo legal y no esperar a la emisión de la resolución, porque una vez emitida la misma, ya no da lugar a la pérdida de competencia o a la nulidad de obrados, y sin que exista reclamo o impugnación alguna de la parte ahora recurrente en relación a la emisión de dicha resolución. En lo demás si acusa dilación en el proceso debió acudir al Consejo de la Magistratura