Auto Supremo AS/0220/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Como segundo punto acusa error de hecho al tomar como medio de prueba la literal

Como segundo punto acusa error de hecho al tomar como medio de prueba la literal de fs. 128 cuando esta es una simple fotocopia en franca vulneración del art. 1311 del CC, sobre este punto conforme se ha expresado líneas arriba y de acuerdo a lo expresado en el acápite III.1 de la doctrina aplicable, el parágrafo I del art. 1311 del Código Civil prevé que las copias de documentos originales, hacen la misma fe que éstos si son nítidas y si su conformidad con el original auténtico y completo se acredita por un funcionario público autorizado, o a falta de esto, si la parte a quien se opongan no las desconoce expresamente, y en el sub lite la parte ahora recurrente no las ha desconocido en su primer actuado, al no haberlo las partes han reconocido que la citada documental de fs. 128 posee el mismo contenido que el original adquiriendo la misma fe probatoria que el original, no resultando correcta la vulneración acusada