Auto Supremo AS/0231/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

Por lo expuesto, estando evidenciada la falta de fundamentación del recurso de casación, el cual


Por lo expuesto, estando evidenciada la falta de fundamentación del recurso de casación, el cual de manera equivocada observa errores de la Sentencia y no del Auto de Vista; así como al no haberse fundamentado las contradicciones de manera expresa, concreta y clara con relación a los precedentes invocados para que el Tribunal pueda ejercer adecuadamente su labor de contrastación, toda vez, que este Tribunal Supremo de Justicia, no tiene facultad de suplir, rectificar o complementar las inconsistencias, imprecisiones o falencias detectadas en el recurso de casación, en virtud al principio tantum devolutum quantum apellatum y la igualdad de las partes, inobservándose los previsto por Auto Supremo Nº 571/2015-RRC de 4 de septiembre, que estableció: “El deber de fundamentación no sólo es propio del juez o tribunal, sino que el recurrente tiene también la obligación de dar una correcta motivación a su recurso, toda vez que el pronunciamiento sobre el recurso será en proporción a la motivación del mismo, por lo cual, el recurrente debe expresar de manera clara y jurídica lo que denuncia y lo que pretende…” (las negrillas son nuestras); por lo que corresponde declarar infundado el recurso de casación interpuesto, conforme al art. 419 segunda parte del CPP