VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 253/2018
Sucre: 04 de abril de 2018
Expediente: CB-15-17-S
Partes: Luis Miguel Eguez Gómez. c/ Maura Zegarra Guerrero
Proceso: Anulabilidad de matrimonio
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación de fs. 122 a 126, interpuesto por Maura Zegarra Guerrero, mediante su apoderado Freddy Llanos Martínez contra el Auto de Vista 26/2017 de 16 de enero, cursante de fs. 118 a 119, pronunciado por Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de anulabilidad de matrimonio seguido por Luis Miguel Eguez Gómez contra la recurrente, la concesión de fs. 131, el Auto de admisión de fs. 136 a 137, y todo lo inherente
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 253/2018
Sucre: 04 de abril de 2018
Expediente: CB-15-17-S
Partes: Luis Miguel Eguez Gómez. c/ Maura Zegarra Guerrero
Proceso: Anulabilidad de matrimonio
Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación de fs. 122 a 126, interpuesto por Maura Zegarra Guerrero, mediante su apoderado Freddy Llanos Martínez contra el Auto de Vista 26/2017 de 16 de enero, cursante de fs. 118 a 119, pronunciado por Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de anulabilidad de matrimonio seguido por Luis Miguel Eguez Gómez contra la recurrente, la concesión de fs. 131, el Auto de admisión de fs. 136 a 137, y todo lo inherente
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En relación al rechazo de la reconvención, refiere que al no haber estado aun en
- Del recurso de la parte demandada de forma
- 1
- 2
- 3
- De la respuesta al recurso de casación
- Describe que la demanda es clara y precisa así como el Auto de
- Por lo expuesto solicita que se confirme el Auto de Vista de fecha 16 de
- III.1. Del principio de trascendencia
- De los principios que rigen las nulidades procesales los cuales ya fueron desarrollados en varios
- III.2. Subsanación de vicio del matrimonio anulable
- Carlos Morales Guillen Código de Familia concordado y anotado Código del Menor concordado, Editorial
- Los hechos jurídicos son sucesos relevantes para el derecho que producen efectos jurídicos y como
- En el ámbito familiar el derecho de uno de los conyugues disuelve el matrimonio conforme
- (…) Pero además, a nuestro juicio, debe acreditarse la subsistencia del primer matrimonio
- Por su puesto, opera en tal caso una presunción, implícita de subsistencia del matrimonio anterior,
- En nuestra jurisprudencia se ha prestado, en general, poca atención a este extremo probatorio
- En fecha 11 de noviembre de 1978 David Mejía Gómez y Maura Zegarra Guerrero contraen
- Posteriormente en fecha 01 de agosto de 1993 Luis Miguel Eguez Gomes y Maura Zegarra
- Ahora traduciendo este hecho al caso presente se tiene que el deceso de David Mejía
- Siendo esta la excepción a la regla de sancionar la anulabilidad del matrimonio por la
- En relación a la admisión de la reconvención, el Ad quem dedujo que la
- De la contestación al recurso
- Consiguientemente corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable al error incurrido
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
