Auto Supremo AS/0147/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2018

Fecha: 30-May-2018

La renta de vejez, al contener una relación exclusiva con el derecho a la vida

La renta de vejez, al contener una relación exclusiva con el derecho a la vida y constituirse como un medio de subsistencia como lo establece la SCP 0897/2014 de 12 de mayo: “...la garantía a la seguridad social está directamente relacionada a la satisfacción de los derechos humanos; en el caso, el derecho a la jubilación busca la protección a los beneficiarios evitando las consecuencias negativas que emergerían de una falta de recursos económicos para cubrir contingencias básicas de subsistencia al no desempeñar el trabajador ya funciones en el mercado laboral; derecho que por su importancia, es de naturaleza inembargable e imprescriptible a tenor de lo dispuesto por el art. 48.IV de la CPE, lo que no implica de modo alguno la vulneración a la seguridad jurídica sino que se constituye en una consagración efectiva de principios y valores constitucionales que tutelan la solidaridad que debe regir en toda sociedad, prestando especial atención a los titulares de este derecho, que les permite la subsistencia con dignidad” (las negrillas son nuestras)