La Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR mediante Resolución Nº 1809 de 15 de abril
La Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR mediante Resolución Nº 1809 de 15 de abril de 2015, cursante de fs. 43 a 45, resolvió la suspensión definitiva a la renta de orfandad vitalicia, otorgada en favor de Hugo Apolinar Mamani Callisaya; disponiendo se proceda al descuento del cobro indebido, en el equivalente de 20% mensual de la renta de viudedad que percibe la derechohabiente Petrona Callisaya Aliaga, hasta cubrir el monto total adeudado
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR mediante Resolución Nº 1809 de 15 de abril
- Resolución de la Comisión de Reclamación
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el SENASIR formuló recurso de casación en el
- Afirma que, el Tribunal de alzada, no hubiese aplicado en todo sentido lógico jurídico los
- Y debe tomarse en cuenta el art
- Petitorio
- Solicita que, deliberando en la fondo se CASE en parte el Auto de Vista
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El art
- Por consiguiente, interpretando estas normas se establece que procede el descuento de las rentas en
- Sin embargo, de la segunda parte del art
- Por último, es evidente que en aplicación de las indicadas facultades de revisión que tiene
- Más allá de esta consideración, este Tribunal considera que no existen cobros indebidos por parte
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
