Auto Supremo AS/0184/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0184/2018

Fecha: 07-May-2018

Más allá de esta consideración, este Tribunal considera que no existen cobros indebidos por parte

Más allá de esta consideración, este Tribunal considera que no existen cobros indebidos por parte del beneficiario, en razón a que la renta de orfandad vitalicia o renta de orfandad sin límite de edad por discapacidad, no debe suspenderse ante las nupcias del beneficiario o beneficiaria, al mantenerse la condición de capacidad diferente por la cual se le proporcionó una renta de por vida, al formar parte de un sector con mayor protección por parte del Estado, como se entendió en otros AASS emitidos por esta Sala, entre ellos el Nº 119 de 15 de mayo de 2017 y el Nº 92 de 16 de marzo de 2018. Aspecto que no merece análisis en el presente fallo ante ausencia de reclamo por parte del beneficiario