El fundamento de hecho y de derechos de las Cooperativas peticionantes, no demuestran de qué
El fundamento de hecho y de derechos de las Cooperativas peticionantes, no demuestran de qué manera todo el contenido del DS 2762 de 11 de mayo de 2016 es incompatible con la Constitución Política del Estado, no sustenta los razonamientos o fundamentos jurídico-constitucionales de su pretensión de promover la acción ante el órgano encargado del control de constitucionalidad respectivo, ni explica los motivos de inconstitucionalidad necesarios que puedan generar duda razonable y justifique promover el recurso previsto en los arts. 72 y 73.2 del CPCo
- Demandante:Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Pio X Ltda
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- CONSIDERANDO II: El art
- En cuanto al contenido de una pretensión de inconstitucionalidad, la Comisión de Admisión del Tribunal
- En ese contexto, corresponde a éste Tribunal –en su condición de autoridad judicial que conoce
- CONSIDERANDO III: Del análisis de la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, se
- Por otro lado, la solicitud carece de fundamentación que demuestre la relevancia del Decreto Supremo
- El fundamento de hecho y de derechos de las Cooperativas peticionantes, no demuestran de qué
- Por lo expuesto y con base en la normativa y jurisprudencia precedentes, corresponde no promover
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
