Auto Supremo AS/0209/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2018

Fecha: 07-May-2018

Por lo tanto, en el caso presente, podemos establecer que para el legislador, resulta indiferente

Por lo tanto, en el caso presente, podemos establecer que para el legislador, resulta indiferente que el trabajador sea despedido de manera intempestiva o renuncie de manera voluntaria al trabajo que cumplía, para la procedencia del pago de la indemnización, por lo cual este Tribunal considera que el Juez de Instancia y Tribunal de Apelación, actuaron de manera correcta; por cuanto conforme ya se tiene fundamentado, para el pago del beneficio de indemnización, el único requisito que impone la norma citada, es que las trabajadoras y trabajadores hayan cumplido 90 días de trabajo continuo, siendo irrelevante –una vez más- la forma de conclusión de la relación laboral, siendo esta forma de razonar, la interpretación más favorable que permite efectivizar de mejor manera el derecho reclamado por el actor