Auto Supremo AS/0310/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

El Auto Supremo 14/07 de 26 de enero del 2007, que fue dictado por la


La recurrente refuta como contradictorias al Auto Supremo invocado, las doctrinas legales aplicables contenidas en los Autos Supremos que se glosarán a continuación.

El Auto Supremo 14/07 de 26 de enero del 2007, que fue dictado por la Sala Penal Segunda de la extinta Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por el delito de Estelionato, como hecho generador se tiene: “la resolución impugnada, no ofrece los suficientes elementos de análisis a objeto de poder realizar el razonamiento de control de la logicidad del fallo toda vez que a prima facie se evidencia una total falta de fundamentación intelectiva en el Auto de Vista recurrido, el que se limita a transcribir en los tres primeros considerándos, los antecedentes del proceso, el razonamiento del a quo y las alegaciones impugnaticias formuladas por las partes, asimismo se evidencia que en el cuarto considerando del fallo recurrido, como todo razonamiento, hace una relación de normas legales, lo que no suple la debida fundamentación, sino que indica de qué modo vienen a respaldar o ilustrar las conclusiones del juzgador, dado que la sentencia debe ser personalmente motivada por el juez”. Estableciendo la siguiente doctrina legal: “Si una sentencia cumple con la garantía de la debida motivación, una sentencia sustentada en argumentos claros cumple además con otras dos garantías adicionales, una en interés de las partes y otra en interés de la sociedad en general: la de hacer asequible el acceso a la justicia en este caso mediante los recursos -si los hay-, y la de garantizar el derecho a la información, pues una sentencia obscura a disposición del público permite el acceso a la información, pero una sentencia que es clara lo garantiza, lo hace realmente efectivo, en tanto que no sólo se tiene acceso a ella, sino además cumple con la función última de hacer saber a la sociedad por qué el juzgador sentenció de una determinada manera un juicio