Auto Supremo AS/0310/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

También señala el encuadramiento del art


También señala el encuadramiento del art. 370 inc. 1) del CPP, referente a la inobservancia o errónea aplicación de la Ley Sustantiva, debido a que no se ha probado el artificio o engaño, por el cual debe dar lugar al error o su fortalecimiento, más aun cuando la acusadora tenía conocimiento de los riesgos que estaba asumiendo ha momento de depositar dinero a las cuentas bancarias, por lo que no existe error provocado el cual haya determina la disposición patrimonial. En lo que respecta a este extremo y a efectos de realizar mayor análisis es menester remitirnos al acápite (IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA), en el cual se tiene que el Tribunal a quo ha realizado la labor intelectual de la subsunción de los hechos denunciados al tipo penal de Estafa previsto por el art. 335 del CP, en el cual realiza una labor descriptiva por el cual identifica los elementos sine quanon en la composición y encuadramiento del delito, además dicho análisis identifica en forma plena el engaño y el artificio empleado en el presente caso