Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0335/2018-RRC
Fecha: 18-May-2018
III.2. De la Sentencia
III.2. De la Sentencia
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Por memorial presentado el 28 de agosto de 2017, de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia de 13 de octubre de 2015 (fs
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Contra la referida Sentencia, el imputado, formuló recurso de apelación restringida (fs
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 871/2017-RA, se extraen el motivo
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El recurrente previa relación de antecedentes fácticos y procesales, denuncia que el Auto de Vista
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Añade, que se vulneró el derecho al debido proceso y el principio de legalidad según
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III.1. Inicio de investigaciones y Requerimiento conclusivo
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De la lectura de la solicitud del Ministerio Público se desprende que: “…a horas 01:00
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El 13 de octubre de 2015, a las 17:35, en audiencia se consideró la aplicación
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III.2. De la Sentencia
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El 13 de octubre de 2015, a horas 17:10, se llevó a cabo audiencia de
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La autoridad jurisdiccional en esa audiencia concedió la palabra al imputado para saber si éste
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Acto seguido, se pronunció Auto de admisión de la solicitud de salida alternativa de procedimiento
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En la misma audiencia ante la renuncia de uso de recurso de apelación restringida por
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III.3.De la apelación restringida
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Por memorial de 24 de noviembre de 2015, saliente de fs
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“Vulneración del derecho del inculpado a que se le conceda el tiempo y los medios
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III.4. Del Auto de Vista impugnado
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En conocimiento de aquel recurso la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
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En casación el imputado pretende la censura del Auto de Vista de 11 de agosto
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El caso en particular propone varios tópicos de análisis, de hecho la problemática principal señalada
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IV.1. Fundamentos y argumentación en el Auto de Vista de 11 de agosto de 2017
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El Auto de Vista impugnado posee un argumento central cual es el rechazo de la
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Ahora bien, si se parte del punto cardinal de que la jurisdicción es la potestad
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Como los otros órganos públicos y los entes que cumplen funciones de control de defensa
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Bien es cierto que el art
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El Auto de Vista de 11 de agosto de 2017, aplica inadecuadamente la jurisprudencia de
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IV.2. El Proceso Abreviado en la legislación Nacional
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La aplicación del procedimiento abreviado, tiene como base que el acusado reconozca haber cometido el
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Ahora bien, con relación a la impugnabilidad de la Sentencia, como efecto del procedimiento abreviado,
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Por su parte, este Tribunal por Auto Supremo 397 de 23 de julio de 2004
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Considerando, que ante el reconocimiento expreso del derecho al recurso, como sinónimo de la impugnación,
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Bajo todo lo hasta aquí argumentado, en la revisión del Auto de Vista, el Tribunal
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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