II
II. Por otro lado, es preciso establecer que el Tribunal de alzada, a tiempo de conocer el recurso de apelación restringida, tiene la obligación de observar si el recurso cumple con los requisitos formales para su admisión concediendo, en caso contrario, el plazo de tres días para que el recurrente subsane las omisiones conforme determina el artículo 399 del Código Adjetivo Penal, precisando de manera clara y expresa en el decreto respectivo los requisitos que extraña. En el caso de inobservancia por parte del recurrente, para realizar la corrección y complementación dentro del término razonablemente otorgado, se debe aplicar lo previsto en la parte in fine del artículo 399 de la referida normativa de rito, rechazando el recurso”
- Por memorial presentado el 3 de febrero de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 211/2015 de 7 de diciembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Justo Germán Quispe Huanca, Arturo Quispe Pucho y
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 837/2017-RA de 31 de octubre, se
- Falta de fundamentación y motivación en el Auto de Vista
- El recurrente alega que la Resolución ahora impugnada, además de no haberse pronunciado respecto a
- Como precedente contradictorio, invoca el Auto Supremo 442 de 10 de septiembre de 2007, alegando
- Asimismo, respecto a la supuesta falta de valoración de la prueba, hace referencia al Auto
- Principio de congruencia
- El recurrente después de invocar como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 417 de 19 de
- I.1.3. Petitorio
- El recurrente solicita que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo que
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- Refiere que para la existencia del delito de Apropiación Indebida, consiste en el acto de
- Respecto del delito de Abuso de Confianza, señala que el mismo es un delito patrimonial,
- Con relación a la Agravación y Atenuación, señala que en los casos de los arts
- Por las razones anotadas se establece que la conducta del acusado no se adecua a
- II.2. De las apelaciones restringidas
- Contra dicha Sentencia los acusadores particulares Justo Germán Quispe Huanca, Arturo Quispe Pucho y Tomás
- La Sentencia incurrió en el defecto de previsto por el art
- De la misa manera señala que la Sentencia incurrió en el defecto previsto en el
- Refiere que el Juez de mérito, admitió prueba extraordinaria defectuosa ofrecida por el acusado, después
- II.3. Del Auto de Vista Impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto
- Que, la parte apelante reclama la falta de valoración probatoria respecto a la prueba documental
- En cuanto, a los defectos inmersos en la Sentencia se tiene con relación al art
- En consecuencia, concluyó que la motivación y/o fundamentación resulta insuficiente y contradictoria al no compulsar
- Con todo lo expuesto anteriormente se establece que la autoridad judicial A quo, al emitir
- En el recurso de casación plateado se denuncia que: 1) En este motivo denuncia que:
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación, un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- El art
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- III.4. Análisis del caso concreto
- Respecto del primer motivo, se advierte que el recurrente a tiempo de denunciar la falta
- Con respecto a la falta de fundamentación en la resolución pronunciada por el Juez o
- II
- Auto Supremo 418/2006 de 10 de octubre
- En esta misma línea jurisprudencial, referido a los defectos absolutos, donde las resoluciones carecen de
- Respecto de la doctrina legal emitida en el precedente referido, se advierte que la misma
- Auto Supremo 141/2006 de 22 de abril
- Respecto de la doctrina legal emitida en los precedentes referidos, se advierte que las mismas
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
